Permiso de Pesca Comercial Ornamental
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Descripción:
Obtener la autorización para ejercer la actividad pesquera extractiva de organismos acuáticos cuyos ejemplares pueden mantenerse vivos en acuarios, estanques o pozos, como simple adorno o con fines decorativos. No se pueden aprovechar como ornamentales las especies que tradicionalmente sirven como alimento para consumo humano directo, salvo aquellas que sean el producto de la reproducción, natural o inducida, en ambientes controlados.
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Fecha de publicación 12/10/2021
Última modificación 17/05/2024