AUNAP ANUNCIA LA VEDA DE PECES ORNAMENTALES Y DE CONSUMO EN LA CUENCA DEL RÍO ORINOCO

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AUNAP ANUNCIA LA VEDA DE PECES ORNAMENTALES Y DE CONSUMO EN LA CUENCA DEL RÍO ORINOCO



Bogotá, abril 22 de 2020

Entre el 1 de mayo y el 30 de junio

- La veda del recurso pesquero de consumo se extiende en toda la cuenca del río Orinoco en los departamentos de Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada. La de los peces ornamentales aplica al departamento de Arauca y sectores de Vichada (Puerto Carreño) y Guainía.

- La prohibición incluye el acopio, comercialización y distribución a establecimientos comerciales tales como pesqueras, plazas de mercado, restaurantes, bodegas de acopio y demás lugares de atención al público.

Bogotá, Colombia. Abril 22 del 2020. (@Aunapcolombia-@DirectorAunap). La Aunap, con el propósito de proteger las temporadas reproductivas de los peces ornamentales y de consumo provenientes de la cuenca del río Orinoco y contribuir a su sostenibilidad, reitera el inicio de la veda de recursos pesqueros para la vigencia 2020 y las acciones de control y vigilancia necesarias para su cumplimiento, en el periodo comprendido entre el 1º de mayo y el 30 de junio.

Para dar cumplimiento a la veda en la cuenca del río Orinoco, la Dirección Regional Villavicencio de la Aunap cuenta con el apoyo de la Policía Ambiental, el Ejército, la Armada Nacional y las autoridades portuarias de la región. Estos estamentos realizan controles permanentes en los ríos, vías y centros de acopio, efectuados al azar y sin previo aviso, de las existencias del todas las especies provenientes de esta zona en los cuartos fríos de los comercializadores, plazas de mercado, bodegas de acopio y empresas pesqueras.

Igualmente, la Aunap como Autoridad Pesquera Nacional, validará la efectividad de la medida durante y después de la misma, mediante un constante monitoreo en los principales puertos de desembarco y comercialización de las especies ícticas oriundas de la cuenca del Orinoco.

Las sanciones que se impongan por infracciones a las disposiciones sobre pesca en los ríos durante la temporada de veda están consagradas en el Estatuto General de Pesca y Acuicultura, sin perjuicio de las sanciones de carácter penal a que haya lugar.

¿Qué es una veda?

La veda es la prohibición del aprovechamiento de una especie, total o parcialmente durante la época de reproducción, dirigida a disminuir los efectos negativos que ocasiona la sobrepesca y garantizar permanencia de la especie dentro del ecosistema.
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Fecha de publicación 17/11/2021
Última modificación 14/05/2022

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