Inicia el primer periodo de veda del bagre rayado del Magdalena
- El primer período de veda iniciará el 01 de mayo y se extenderá hasta el 30 de mayo de 2024, según el Acuerdo 009 de 1996 y la Resolución 0242 de 1996, una medida que permitirá la reproducción del bagre rayado del magdalena, especie endémica y emblemática de la cuenca del Magdalena: ríos Magdalena, San Jorge y Cauca.
- “Esta especie es fuente fundamental de ingresos para más de 44 mil pescadores y pescadoras formalizados ante la AUNAP, quienes aprovechan de manera sostenible este recurso en este afluente” Karen Elena Mejía Piñerez, directora Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca.
Bogotá, abril 30 de 2024 (@AUNAPColombia). - El bagre rayado es una de las especies con mayores índices de captura en los ríos Magdalena, Cauca y San Jorge, debido a su alto valor comercial, que, además, la convierte en una de las principales fuentes de ingresos para los pobladores de esta región, siendo además una fuente de alimento con alto grado nutricional para la población en general. Es por eso que cada año, durante dos periodos, el primero entre el 01 y el 30 de mayo y el segundo del 15 de septiembre al 15 de octubre, se establece un periodo de veda en estas cuencas, que prohíbe su comercialización, transporte y solo es permitida su captura para garantizar la seguridad alimentaria de las poblaciones, limitando el volumen de captura diario por pescador a cinco kilogramos de conformidad con los parámetros establecidos.
La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, reitera la importancia de cumplir esta medida debido al estado crítico de esta especie a causa de su alta demanda. Según el Servicio Estadístico Pesquero (SEPEC) la estimación de la captura desembarcada para esta especie en 2022 fue de 1’728.992 kilos y para el periodo enero a octubre de 2023 de 1’973.830 kilos, lo cual indica la importancia de está medida para el crecimiento de la pesca en estos ríos.
Karen Mejía, directora general de la AUNAP hace un llamado a las comunidades para que se cumpla con este periodo de veda: “Acorde al convenio con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, esta especie es fuente fundamental de ingresos para más de 44 mil pescadores y pescadoras formalizados ante la AUNAP, quienes aprovechan de manera sostenible este recurso en este afluente, por eso, esta estrategia de veda que va del 01 al 30 de mayo de 2024, busca bajar la presión por pesca de la especie, permitiendo así que se cumpla su periodo reproductivo”. Las fechas de vedas fueron establecidas desde 1996, con el fin de permitir su reproducción, teniendo en cuenta el tiempo en el que los machos y hembras de esta especie migran para su periodo de reproducción y llegan a sitios calmados para su proceso de desove. Si bien, la vigilancia en estas épocas aumenta y el control por parte de la AUNAP es permanente, más allá de sancionar a los infractores por medio del decomiso, se busca educar a la comunidad para que así comprenda la importancia de preservar los recursos y las consecuencias que implica el incumplimiento de los acuerdos de veda. Es importante tener en cuenta que la medida prohíbe el almacenamiento del bagre en cualquier tipo de presentación (congelado, deshielado y otros), y solo se podrá disponer de existencias hasta el 05 de mayo; por ello, invitamos a los comercializadores a enviar una comunicación escrita con la información de las existencias al correo atencionalciudadano@aunap.gov.co, con el fin de que los funcionarios de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, controlen su expendio.
Para finalizar, la directora Mejía, resaltó: “Este tiempo también permite que las ciénagas y ríos descansen de la actividad pesquera y que se aprovechen otros recursos, permitiendo la continuidad, presencia y renovación de las poblaciones pesqueras en el ecosistema”.
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La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca -AUNAP, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR es la entidad encargada de ejecutar la política pesquera y de la acuicultura en el territorio colombiano con fines de investigación, ordenamiento, administración, control y vigilancia de los recursos pesqueros, y de impulso de la acuicultura propendiendo por el desarrollo productivo y progreso social.