DECOMISAN MÁS DE 30 KILOS DE BAGRE RAYADO EN MAGANGUÉ
INCUMPLIMIENTO A LA VEDA
Magangué, 17 de mayo de 2018 (@Aunapcolombia) La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, Regional Magangué, en trabajo mancomunado con la Policía Nacional, realizó
operativos de control para vigilar el cumplimiento de la veda del bagre rayado en centros de comercialización de productos pesqueros de esta población de Bolívar, dejando como resultado la incautación de más de 30 kilos de esta especie.
Esta medida que estará vigente hasta el próximo 30 de mayo, prohíbe la extracción, almacenamiento, comercialización y movilización del bagre rayado del Magdalena, que comprende los ríos Cauca, San Jorge y Magdalena, sobre el cual está ubicada estapoblación, que además de ser la artería fluvial más importante del país, es escenario
principal de la pesca artesanal.
EL director de la Regional Magangué, Amauri Lora, confirmó que tras haber recorrido los centros de acopio Fundepesca, Albarrada, barrio El Sur y algunos restaurantes municipales, fueron confiscados 35 kilos de bagre rayado, pintado o tigre, como también se conoce enla región. “Cada vez decomisamos menos pescado, lo que consideramos un resultado positivo que demuestra que cada vez hay más conciencia frente al respeto de la veda por y para bienestar de esta especie, una de las más apetecidas por los magangueleños”, agregó Lora.
Con la medida, la Aunap pretende garantizar la conservación de este recurso pesquero que satisface las necesidades básicas de una de las poblaciones más vulnerables de la zona, es considerada una de las especies más importantes en volumen de captura, después delbocachico. El bagre rayado se reproduce durante todo el año con dos picos anuales en cada semestre, mayo y septiembre, que se dan por la presencia de un mayor número de individuos maduros. Su alta demanda, sumado a la contaminación de los cuerpos de agua, las barreras en los canales de migración y la pérdida de las ciénagas por la disminución de agua impiden el crecimiento de maleza, siendo ésta el hábitat para su óptimo desarrollo y crecimiento, son algunas de las causas de su disminución.
El incumplimiento de estas medidas se considera una infracción al Estatuto Pesquero y un delito ambiental, adicionalmente, la talla mínima de captura (80 cm en la cuenca Magdalena y Cauca) y la utilización de métodos y artes de pesca no reglamentados, también se consolidan como actos delictivos de acuerdo con el Artículo 38 de la Ley 1453 de junio de 2011“Ilícita actividad de pesca”.
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Fecha de publicación 14/11/2021
Última modificación 15/05/2022
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