GOBIERNO LANZA LÍNEA DE CRÉDITO “COLOMBIA AGRO PRODUCE” POR $1,5 BILLONES, PARA GARANTIZAR LIQUIDEZ DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
Para garantizar seguridad alimentaria durante la emergencia nacional por Covid-19
Esta línea tiene excelentes condiciones. Cuenta con una tasa de interés para el pequeño productor de DTF-1%, equivalente al 3.5% y para el mediano y grande del 4.5%.
Se crean instrumentos para aliviar las cargas financieras y disminuir costos asociados a crédito para asegurar liquidez a los productores agropecuarios y que continúen produciendo alimentos.
Se incluye en el FONSA la actual Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Bogotá, 30 de marzo de 2020 (@MinAgricultura-@ZeaNavarro) –El presidente de la República, Iván Duque, y el ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Rodolfo Zea Navarro anunciaron la puesta en marcha de la “Línea de Crédito Colombia Agro Produce” por $1,5 billones; la cual cuenta con inmejorables condiciones financieras, que le permiten a los productores del campo obtener recursos para continuar sus actividades productivas y así abastecer de alimentos a los colombianos.
Según dijo el jefe de Estado, una de las obsesiones del Gobierno es lograr el acceso a crédito para los productores del campo. En el actual Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por el Covid-19, se busca mediante instrumentos financieros garantizar el permanente funcionamiento del sistema de abastecimiento o de productos agropecuarios y seguridad alimentaria en todo el territorio nacional.
“Quiero agradecerle a toda la cadena de abastecimiento y a los campesinos que trabajan y se esfuerzan y permiten que en esta cuarentena nacional tengamos el alimento en la casa de los colombianos”, dijo el presidente Duque.
Por su parte, el ministro Rodolfo Zea indicó que con el objetivo de mantener la producción agropecuaria y promover el abastecimiento de alimentos la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA) aprobó esta línea, que cuenta con un plazo de 3 años y máximo uno de gracia. La tasa de interés para el pequeño productor es de DTF-1%, equivalente al 3.5% y para el mediano y grande del 4.5%.
A esta línea se puede acceder a través del Banco Agrario de Colombia, como de cualquier otra entidad financiera. Los recursos se pueden utilizar para cubrir necesidades de capital de trabajo para la compra de insumos, el sostenimiento de la producción, la transformación y generación de valor agregado, así como la comercialización de la producción agropecuaria, explicó el ministro Zea.
Así mismo, el funcionario informó que gracias al decreto 486 expedido el pasado 27 de marzo se pondrán en marcha otras medidas para garantizar la liquidez de los productores, como facultar al Banco Agrario de Colombia y al Fondo para Financiamiento el Sector Agropecuario (Finagro), como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), para celebrar acuerdos de recuperación y pago de cartera a los productores agropecuarios, los cuales podrán incluir la condonación de intereses corrientes y de mora. Esto para pequeños y medianos productores, destacó Zea Navarro.
También se determina, que el Ministerio podrá otorgar a los productores afectados por las causas de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica, un apoyo para cubrir los costos y gastos financieros asociados a las operaciones de crédito agropecuario.
Además, el decreto determina modificar el artículo 2 de la Ley 302 de 1996, para incluir la presente Declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica; de esta manera, los pequeños y medianos productores afectados en sus ingresos a raíz de la emergencia serán tenidos en cuenta en el Fondo de Solidaridad Agropecuario (FONSA).
Según dijo el ministro Rodolfo Zea, parte del compromiso con el sector agropecuario es facilitar mecanismos financieros para apoyar a los productores rurales, ayudar a los más vulnerables y darle liquidez a quienes están cultivando alimentos para todos los colombianos, y con ellos garantizar la seguridad alimentaria.
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Fecha de publicación 17/11/2021
Última modificación 12/05/2022
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Última modificación 12/05/2022